Los hermanos difuntos de la Cofradía del Nazareno podrán descansar a los pies del Regidor Perpetuo
La Cofradía del Nazareno de Santa María ha celebrado en la tarde-noche de este martes 12 de febrero un Cabildo Extraordinario de carácter informativo en el que ha presentado a los hermanos y hermanas de la corporación el proyecto de adecuación de la cripta principal existente bajo el suelo de la Capilla de Nuestro Padre Jesús Nazareno de la Iglesia de Santa María para su conversión en dependencia cenizario.
La cripta sobre la que se va a realizar la intervención es de planta rectangular y su acceso se realiza a través de una losa en el pavimento de la iglesia. Su interior está cubierto por una bóveda rebajada de ladrillo, con un suelo de terreno natural en arena, sin revestimiento ni tratamiento alguno.
El proyecto de intervención, elaborado por Fernando José Mejías Delgado, Decano del Colegio Oficial de Arquitectos de Cádiz, consiste en la introducción de dos líneas para el depósito de ánforas funerarias que contendrán cenizas, la colocación de un pequeño retablo, la disposición de un pavimento y el adecentamiento de la bajada de acceso.
Las líneas para el depósito de ánforas funerarias estarán dispuestas en los laterales de mayor longitud, siendo contemplada su elaboración en material de alabastro en muebles estanterías de tres niveles desde la línea del suelo hasta el arranque de la bóveda, sin fijación directa sobre el lienzo de ladrillos del interior de la cripta y con el único contacto del suelo, que es de terreno natural.
En el interior de la cripta y a modo de cabecera se dispondrá de una pequeña placa a modo de retablo con la imagen de Nuestro Padre Jesús Nazareno y delante de este retablo se practicará una pequeña abertura con la función de establecer una ventilación cruzada. Esta pequeña abertura se cerrará mediante un elemento de cerrajería que se dispondrá en el suelo de la capilla. Por otra parte, la losa de mármol de la abertura de acceso actual será sustituida por otra de elemento similar, de mayores dimensiones, que garantizará la seguridad de utilización en el pavimento de la capilla y no dificultará la pisada sobre el mismo.
La pavimentación prevista en el suelo del espacio interior será de un encachado de piedra blanca caliza, de forma que se deje transpirar al terreno, realizando una función similar a la de los propios muros. También está previsto el adecentamiento de la bajada, ya que en la actualidad no se encuentra en condiciones razonables para el nuevo uso. En la actuación prevista se limpiará el pozo, se introducirá una escalera vertical y un nuevo peldañeado mejor dimensionado.
La cripta no será de acceso común, sino que tan sólo será accesible en los momentos en que se depositen las ánforas fúnebres.
Desde estos momentos la Junta de Gobierno de la Cofradía del Nazareno de Santa María ya trabaja para la redacción de la normativa que regirá la recepción y custodia de las cenizas de los hermanos y devotos difuntos.
La Cofradía recupera la finalidad funeraria de la cripta, contemplada hace 360 años
En el archivo documental que posee la Cofradía del Nazareno de Santa María, uno de los tomos manuscritos fechados en el año 1.659 recoge los preceptos que rigen la propiedad de la capilla en beneficio de la corporación y el uso de las dependencias de la cripta con finalidad funeraria.
Redactado en castellano de la época, en la citada documentación se expone que “la Cofradía ha de quedar por dueño y señor de dicha capilla y del servicio de la sacristía que también ha de aderezar a su costa y ha de servir del dicho tránsito de la puerta principal de la Iglesia para el servicio de la dicha capilla de Jesús Nazareno como queda dicho”.
Igualmente también se detalla que “en la dicha Capilla se pueden enterrar los hermanos y hermanas de la dicha Cofradía y se pueda hacer bóveda en ella y usar de su derecho para lo que la Cofradía hubiere menester como de cosa suya propia sin que el convento se entrometa en cosa ninguna de ello”.
Extracto de los archivos documentales de la Cofradía del Nazareno de Santa María. Año 1.659.
-Ytem que la cofradía ha de quedar por dueño y señor de dha capilla y del servicio de la sacristia que tambien ha de aderesar a su costa y se ha de servir del dho transito de la pta principal de la iglesia para servicio de la dha capilla de Jesus nasareno como queda dho.
- Ytem que en la dha capilla se puedan enterrar los hermanos y hermanas de la dha cofradia y se pueda hazer bóveda en ella y usar de su derecho para lo que la cofradia hubiere menester como de cosa suya propia sin que el convento se entrometa en cosa ninguna dello.